Aquí podrás encontrar información importante de Troncal Stereo FM

Historia de la radio

Por iniciativa del reconocido locutor Germán Contreras León, quien en aquel entonces trabajaba en prestigiosas emisoras de Guayaquil como Radio La Prensa, Caravana, Morena y otras, además de alternar su labor en canales de televisión como Ecuavisa, Gamavisión y Telemundo (EE. UU.), nace la oportunidad de servir a la provincia de Cañar, su tierra natal, con su propio medio de comunicación.

Así surge TRONCAL STEREO FM, que salió al aire la madrugada del jueves 14 de noviembre de 2004, convirtiéndose en la emisora más joven al servicio de los nobles intereses de sus oyentes.

Misión

Troncal Stereo FM es un medio de comunicación que brinda servicios de radiodifusión sonora en frecuencia modulada desde el cantón La Troncal, en la provincia de Cañar. Fue creado con el propósito de educar, orientar y entretener a nuestros oyentes.

Buscamos garantizar el acceso a una comunicación de calidad, con énfasis en la interculturalidad, la pluralidad, las lenguas ancestrales y la equidad de género. Todo ello, tomando en cuenta los derechos y deberes para el desarrollo de nuestros pueblos, con la seriedad y objetividad periodística que nos caracteriza.

Visión

TRONCAL STEREO FM continúa siendo su alternativa radial, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de nuestros oyentes mediante una programación que informa, educa y entretiene. Promovemos el desarrollo sociocultural e intercultural de La Troncal, Cañar y el país.

CODIGO DEONTOLOGICO DEL PERSONAL
DE LA ESTACION DE RADIO
“RADIO TRONCAL STEREO”

Al tenor de lo estatuido en la Carta Fundamental del Estado ecuatoriano,
que en la Sección Tercera referente a la Comunicación e Información
establece que los ecuatorianos tienen derecho a una comunicación libre,
intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la
interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con
sus propios símbolos, al acceso universal a las tecnologías de información y
comunicación, la creación de medios de comunicación social, y al acceso en
igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico
para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y
comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas,
al acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva,
sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad
y a integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el
campo de la comunicación.
El Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social en el que
desarrollamos las actividades de la comunicación social, en concordancia
con principios y normas de la Convención Interamericana sobre Derechos
Humanos de la cual el Ecuador es país firmante, reconocen los derechos a
la comunicación, que comprenden: Libertad de Expresión, Información y
Acceso en Igualdad de Condiciones al Espectro Radioeléctrico y las
Tecnologías de la Información y Comunicación.
Nuestro Estado Constitucional, garantiza a todos los ecuatorianos la
asignación, a través de métodos transparentes y en igualdad de
condiciones, de las frecuencias del espectro radioeléctrico, para la gestión
de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, así
como el acceso a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas, y
precautelará que en su utilización prevalezca el interés colectivo. Se
facilitara la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación
públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las
tecnologías de información y comunicación en especial para las personas y
colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada.
No se permitirá el oligopolio o monopolio, directo ni indirecto, de la
propiedad de los medios de comunicación y del uso de las frecuencias.
El Estado ecuatoriano promueve a que todos los ciudadanos busquen,
reciban, intercambien, produzcan y difundan información veraz, verificada,
oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos,
acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad
ulterior. Se pretende acceder libremente a la información generada en
entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o
realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en
los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los
derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.
Son fines de la Radiodifusión el de proporcionar información inmediata, ágil
y veraz a la comunidad, basada en fuentes identificadas y responsables, su
accionar contribuye al incremento del nivel cultural de la población
mediante la difusión de la ciencia, tecnología y todo conocimiento útil,
efectuando programas de recreación musical y artística aptos para todos
los sectores de la población, difundiendo actos, sucesos o eventos sociales,
culturales, políticos y de otra índole permitidos por la Constitución de la
República y demás Leyes, que no atenten por tanto a los derechos
humanos, a las buenas costumbres y a la reputación de las personas.
Los recursos naturales no renovables del territorio del Estado, como lo es
el espectro radioeléctrico para radiodifusión, pertenecen al patrimonio
inalienable, irrenunciable e imprescriptible de este, y que se lo ha
categorizado como un sector estratégico del Ecuador, es necesario
regularlo y controlarlo por parte de las entidades creadas para el efecto y
utilizarlo de manera adecuada, eficiente, por para de quienes han obtenido
a su favor un Contrato de Concesión para el uso de frecuencias de
radiodifusión.
El señor GERMAN EBILBERTO CONTRERAS LEÓN en cumplimiento con lo
establecido en la Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador, Publicada en
el Tercer suplemento del Registro Oficial N° 22 del 25 de junio del 2013, al
mantener un Contrato de Concesión para la Instalación, Operación y
Explotación de la Estación de Radiodifusión denominada “RADIO TRONCAL
STEREO” de fecha 23 de abril del 2004, a favor del señor GERMAN
EBILBERTO CONTRERAS LEÓN, promulga el siguiente Código Deontológico,
el mismo que servirá para mejorar la práctica y gestión interna y el trabajo
comunicacional de manera responsable, considerando que la información
es un derecho constitucional y la comunicación social que se realiza a través
de los medios de comunicación es un servicio público que debe ser presado
bajo principios de equidad, transparencia, solidaridad, responsabilidad,
igualdad, calidad, respetando los derechos de la comunicación establecidos
en la Constitución, los instrumentos internacionales, la Ley Orgánica de
Comunicación, su Reglamento General de aplicación y contribuyendo al
buen vivir de las personas, al tenor de los siguientes artículos.
NORMAS DEONTOLOGICAS
Artículo 1.-El presente Código Deontológico es de aplicación obligatoria
para todo el personal que labora en la Estación de Radio TRONCAL STEREO,
bajo cualquier modalidad de vinculación. Con su aplicación se busca la
instauración de un permanente proceso participativo para la generación de
una cultura de confianza y apego a la verdad.
Artículo 2.-Los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución de
la República, en la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General
de Aplicación y demás disposiciones emitidas por el Consejo de Regulación
y Desarrollo de la Información y la Comunicación y la Superintendencia de
la Información y la Comunicación, se prevén conocidos por todo el personal
que labora en la Estación de Radio TRONCAL STEREO por lo que su
desconocimiento no exime de responsabilidad alguna.
Artículo 3.- El personal que labora en la Estación de Radio TRONCAL STEREO
como ser humano, tiene su propio patrón de valores, sin embargo,
buscarán en todo momento la forma de compatibilizar sus valores
individuales con los de Radio TRONCAL STEREO, con el servicio eficiente a
los clientes y a la ciudadanía en general, procurando en todo momento ser
un elemento responsable y proactivo en la Estación de Radio TRONCAL
STEREO.
Artículo 4.-La integridad y los valores éticos son elementos esenciales del
ambiente laboral de Radio TRONCAL STEREO. Los principios y valores éticos
como parte de la cultura organizacional de la radio están definidos en éste
Código Deontológico, que regirán la conducta de todo el personal,
orientando su integridad y compromiso hacia la Estación de Radio TRONCAL
STEREO.

Artículo 5.-Los valores institucionales se constituyen en guías que permiten
actuar al personal de acuerdo a un código de conducta que le dará los
lineamientos básicos de comportamiento con aplicaciones específicas en
las actividades diarias y cotidianas. Son valores institucionales:
 Transparencia: Debe estar presente en todas las actividades
realizadas en la estación de Radio TRONCAL STEREO como la base
que facilita la toma de decisiones. Ser transparentes implica ser
veraz, no ocultar información y estar siempre dispuesto a rendir
cuentas de la gestión individual, mantener canales de información
oportuna y relevante para los usuarios internos y externos.
 Honestidad: Es una cualidad humana que lleva a la persona a
comportarse y expresarse con sinceridad y coherencia, respetando
los valores de la justicia y la verdad. En las actividades de la estación
de Radio TRONCAL STEREO el personal debe ser congruente entre lo
que piensa, dice y hace.
 Responsabilidad: el personal de la estación de Radio TRONCAL
STEREO obrará con seriedad, cumpliendo sus obligaciones y derechos
acorde con los más altos ideales de servicio a la sociedad ecuatoriana.
 Compromiso: En la estación de Radio TRONCAL STEREO se hace más
de lo encomendado con calidad, porque se vive, se piensa y se sueña
con sacar adelante a las familias, al país.
 Lealtad: El accionar del personal de la estación de Radio TRONCAL
STEREO busca mantener la legalidad y veracidad con el compromiso
de privilegiar la integridad hacia el cliente, compañeros y a la estación
de radio TRONCAL STEREO. El personal será leal a sus superiores y
compañeros siempre que éstos no alteren los derechos y
obligaciones del mismo.
 Solidaridad: Se fomentará el espíritu de servicio con amabilidad y
delicadeza, para cualquier persona que requiera colaboración. El
personal buscará atender a los demás y colaborar con la misma
agilidad que quisiera para sí mismo.
 Respeto: El personal debe buscar valorar de los demás, acatar a sus
superiores y considerar su dignidad. Esto se hará acogiendo siempre
la verdad y no tolerando bajo ninguna circunstancia la mentira, la
calumnia o el engaño. Se procurará la armonía en las relaciones
interpersonales y laborales, escuchando, entendiendo y valorando a
todos.
 Equidad: Se promoverán condiciones equitativas evitando
discriminación desde y hacia un ciudadano, favoreciendo el bien
común sobre el bien individual.
Artículo 6.-La estación de Radio TRONCAL STEREO, proporciona un servicio
público de comunicación a la ciudadanía, por lo tanto es necesario que sus
empleados conserven la imagen de calidad, honestidad que la estación
necesita para general confianza en los radioescuchas y la ciudadanía en
general.
Artículo 7.-La estación de Radio TRONCAL STEREO, promueve la adopción
de principios éticos que reflejen que su personal está constituido por gente
con altos estándares de actuación y conducta, que permiten fortalecer la
integridad en todos los niveles de la estación.
Artículo 8.-La estación de Radio TRONCAL STEREO es un medio de
comunicación privado de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica
de Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, que presta el
servicio público de comunicación masiva y utiliza como herramienta los
servicios de radiodifusión y que cuidará, cumplirá y velará por la prestación
del servicio comunicacional de la información y opiniones que sus
miembros o empleados trasmiten basándose en los siguientes principios
que constan en el referido cuerpo normativo:
 Con respecto a la dignidad humana:

Propender a la comunicación;
10.Rectificar a la brevedad posible las informaciones que se hayan
demostrado como falsas o erróneas;
11.Respetar el derecho a la presunción de inocencia;
12.Abstenerse de difundir publirreportajes como si fuese material
informativo;
13.Cuidar que los titulares sean coherentes y consistentes con el
contenido de las noticias;
14.Distinguir de forma inequívoca entre noticias y opiniones;
15.Distinguir claramente entre el material informativo, el material
editorial y el material comercial o publicitario;

Respetar la honra y la reputación de las personas;

Respetar los derechos humanos y promover su plena aplicabilidad;

Abstenerse de realizar y difundir contenidos y comentarios
discriminatorios; y,

Respetar la intimidad personal y familiar
 Con respecto a las relaciones con los grupos de atención prioritaria:

No incitar a que los niños, niñas y adolescentes imiten
comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud;

Abstenerse de usar y difundir menciones identificativas que atenten
contra la dignidad o los derechos de las personas con graves
patologías o discapacidades;

Evitar la representación o comentario positivo o a valorativa de
escenas donde se haga burla de discapacidades físicas o psíquicas de
las personas;

Abstenerse de emitir menciones identificativas de niños, niñas y
adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos, salvo
el caso que, en aplicación del interés superior del niño, sea dispuesto
por autoridad competente;

Proteger el derecho a la opinión y privacidad de adolescentes en
conflicto con la ley penal, en concordancia con las disposiciones del
Código de la Niñez y Adolescencia; y,

Abstenerse de emitir contenidos que atenten contra la dignidad de
los adultos mayores o proyecten una visión negativa del
envejecimiento.
 Con respecto al ejercicio profesional:

Respetar los presupuestos constitucionales de verificación,
oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de
información de relevancia pública o interés general;

Abstenerse de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la
información u opiniones difundidas;

Abstenerse de obtener información o grabaciones con métodos
ilícitos;

Evitar un tratamiento morboso a la información sobre crímenes,
accidentes, catástrofes u otros eventos similares;

Defender y ejercer el derecho a la cláusula de conciencia;

Impedir la censura en cualquiera de sus formas, independientemente
de quien pretenda realizarla;

No aceptar presiones externas en el cumplimiento de la labor
periodística;

Ejercer y respetar los derechos a la reserva de fuente y el secreto
profesional;

Abstenerse de usar la condición de periodista o comunicador social
para obtener beneficios personales;
10.No utilizar en provecho propio información privilegiada, obtenida en
forma confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,
11.Respetar los derechos de autor y las normas de citas.
 Con respecto a las prácticas de los medios de comunicación social y
privada

Respetar la libertad de expresión, de comentario y de crítica;

Acatar y promover la obediencia a la Constitución, a las leyes y a las
decisiones legítimas de las autoridades públicas;

Promover espacios de encuentro y diálogo para la resolución de
conflictos de interés colectivo;

Contribuir al mantenimiento de la paz y seguridad;

Servir de canal para denunciar el abuso o uso ilegítimo que los
funcionarios estatales o personas particulares hagan de los poderes
públicos y privados

Impedir la difusión de publicidad engañosa, discriminatoria, sexista,
racista o que atente contra los derechos humanos de las personas;

Promover el diálogo intercultural y las nociones de unidad y de
igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales;

Promover la integración política, económica, cultural de los
ciudadanos, pueblos y colectivos humanos;

16.Evitar difundir de forma positiva o avalorativa, las conductas
irresponsables con el medio ambiente;
17.Asumir la responsabilidad de la información y opiniones que se
difundan;
18.Abstenerse de realizar prácticas de linchamiento mediático,
entendiendo por tales, la difusión de información concertada y
reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios
de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o
jurídica o reducir su credibilidad pública.
OBJETIVOS DE LA ESTACIÓN DE LA RADIO TRONCAL STEREO
Artículo 9.-La estación de Radio TRONCAL STEREO, es una estación abierta
permanentemente a generar espacios de participación facilitando a los
ciudadanos y ciudadanas emitir sus opiniones en igualdad de condiciones,
basados en la Ley y la veracidad de la información, desarrollando un sentido
crítico de los ciudadanos y promoviendo su participación en los asuntos de
interés general y buscará cumplir con los siguientes objetivos:

Producir permanentemente información sobre los avances, y
dificultades en la aplicabilidad de los derechos de la comunicación, el
desempeño de la estación y el aprovechamiento de las tecnologías
de la comunicación e información, teniendo como parámetros de
referencia los contenidos constitucionales en preferencia y de los
instrumentos internacionales y de la Ley Orgánica de Comunicación.
DE LOS COMUNICADORES Y DEL PERSONAL DE LA ESTACION DE RADIO
TRONCAL STEREO
Artículo 10.-El personal que labora en la estación de Radio TRONCAL
STEREO, están obligados a guardarse respeto y consideración y a ser
solidarios en la solución de los problemas inherentes a sus actividades,
promoviéndose el bien de todos, la capacitación y formación continua y
garantizándose un adecuado ambiente de trabajo.
Ejercerán sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus
actos deberán ajustarse a los objetivos propios de la estación de Radio
TRONCAL STEREO en la que se desempeñen y administrarán los recursos a
ellos confiados con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y
eficiencia, rindiendo cuentas de su gestión. Adicionalmente custodiarán y
cuidarán la documentación e información que, por razones de sus cargos,
tengan bajo su responsabilidad e impedirán su uso indebido, sustracción
ocultamiento o inutilización.
Artículo 11.-La información de relevancia que se publique por los
trabajadores de la Estación de Radio TRONCAL STEREO será debidamente
verificada, contrastada, precisa y contextualizada, esto implica que se
deberán constatar que los hechos difundidos efectivamente hayan
sucedido, recogiendo y publicando de forma equilibrada las versiones de
las personas involucradas en los hechos narrados, indicando con exactitud
los datos cuantitativos y cualitativos que se integran en la narración,
señalando los antecedentes sobre los hechos y las personas que forman
parte de los sucesos narrados.
Artículo 12.-Los comunicadores gozan de los Derechos consagrados en la
Constitución de la República y los que define la Ley Orgánica de
Comunicación y su Reglamento General de Aplicación, especialmente el
derecho a la cláusula de conciencia, derecho a la reserva de la fuente, el
derecho a mantener el secreto profesional, y el libre ejercicio de la
comunicación, así como todos y cada uno de los derechos laborales de los
trabajadores de la comunicación, consagrados en la Sección III.- Derechos
de los Comunicadores de la Ley Orgánica de Comunicación.
Artículo 13.-Los comunicadores que laboran en la Estación de Radio
TRONCAL STEREO, procurarán el ejercicio de los derechos de una
comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa, participativa, en
todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma.
RELACIONES INTERNAS
Artículo 14.-El personal que labora en la Estación de Radio TRONCAL
STEREO buscará el mejor resultado manteniendo una actitud transparente,
de respeto y colaboración con los superiores y compañeros de trabajo, así
como con el público que interrelaciona con la Estación de Radio TRONCAL
STEREO, actuando de forma oportuna, con cortesía y atención.
Artículo 15.-No utilizará su cargo, su posición, su nivel jerárquico o la
influencia que tenga, para exigir a otro el cumplimiento de órdenes alejadas
de la ética y de lo legal, que atenten los valores con el fin de obtener valores
o provocar perjuicios personales. Respetará la propiedad intelectual, no
beneficiará de la información técnica, operacional y económica de
propiedad del cliente, se garantizará el uso adecuado y la custodia de estos
bienes.
Artículo 16.-Protegerá, cuidará y custodiará el patrimonio de la Estación de
Radio TRONCAL STEREO comprendido por equipos, materiales, información
tecnológica y estratégica e instalaciones operacionales, asegurándose de su
correcta y apropiada utilización. Usará las herramientas electrónicas para
asuntos pertinentes a su trabajo, teniendo en cuenta la seguridad de la
información y no diseminará mensajes cuyos contenidos sean ilegales,
pornográficos, racistas o de carácter religioso o político.
Artículo 17.-No alterará el tenor de ningún documento, información o dato
que genere, publique y custodie directa o indirectamente la Estación de
Radio TRONCAL STEREO. Debe precautelar la seguridad y prevenir la
revelación no autorizada de toda la información que esté bajo su custodia.
Artículo 18.-El personal de La Estación de Radio TRONCAL STEREO en las
horas laborales se dedicará en forma exclusiva a las actividades propias de
la institución, no podrá participar o dedicarse a ningún otro tipo de
actividad privada remunerada o realizar labores de asesoría en asuntos
legales o técnicos que afecten a la Estación de Radio TRONCAL STEREO.
RELACIONES EXTERNAS
Artículo 19.-El personal no aceptará regalos, gratificaciones, préstamos,
contribuciones, canjes o pagos de cualquier índole, que deriven en
beneficio propio o de los clientes, intermediarios, u otros, actuando de
manera transparente y clara.
Artículo 20.-Evitará conflicto de intereses con cualquier entidad
relacionada en la cual tenga intereses financieros o comerciales y que le
haya solicitado que preste algún servicio. En el caso de que estuviere en
situación de conflicto de intereses pondrá en conocimiento del superior.
Artículo 21.-Mantendrá la confidencialidad de la información que haya sido
confiada por La Estación de Radio TRONCAL STEREO, proveedores o
clientes. La información confidencial incluye toda aquella que no tiene el
carácter de pública y que puede ser utilizada para competencia desleal por
parte de otras estaciones y que pueda causar daño en caso de ser usada.
Artículo 22.-El personal de Radio TRONCAL STEREO no podrá utilizar su
credencial, el logotipo ni el pie de firma con la denominación del cargo que
desempeña en las comunicaciones o certificaciones que tengan relación
con actividades particulares.
AMBIENTE DE TRABAJO
Artículo 23.-Se promoverá el bien de todos, no será obstáculo alguno el
origen, raza, sexo, color, edad, religión, discapacidad, pensamiento político
o cualquier otra forma de discriminación.
Artículo 24.-Se garantiza un ambiente de trabajo adecuado, cuidando la
seguridad, higiene y el bienestar para todos. Se promueve la prevención de
riesgo y la aplicación oportuna de planes de contingencia.
Artículo 25.-Se promoverá la capacitación y formación permanente, al igual
que la evaluación de desempeño periódica de todo el personal a fin de
obtener la mejora continua y calidad en el desempeño de sus labores.
Artículo 26.- La Estación de Radio TRONCAL STEREO reconocerá el esfuerzo
de su personal, para mejorar el resultado de las actividades diarias de
trabajo, siendo el reconocimiento expreso parte de la valorización de su
desempeño.
Artículo 27.-Se practicará la justicia, la legalidad, la competencia, la
honestidad en la toma de decisiones, fortalecimiento de la motivación,
satisfacción y compromiso del personal.

Articular los recursos y capacidades como actor del Sistema Nacional
de Comunicación para lograr el pleno ejercicio de los derechos de la
comunicación reconocidos en la Constitución, en la Ley Orgánica de
Comunicación y en otras normas del ordenamiento jurídico vigente.

Desarrollar e implementar mecanismos de planificación pública
participativa y descentralizada para la definición, control social y
adecuación de todas las políticas públicas de comunicación.

Monitorear y evaluar las políticas públicas y los planes nacionales
establecidos e implementados por las autoridades con competencias
relativas al ejercicio de los derechos a la comunicación contemplados
en esta Ley.

Formular recomendaciones para la optimización de la inversión
pública y el cumplimiento de los objetivos y metas definidos en el
Plan Nacional de Desarrollo relacionados con los derechos a la
comunicación.

Artículo 28.-Se considera que las actividades particulares del personal de la
Estación de Radio TRONCAL STEREO son un asunto personal y privado,
siempre que no causen problemas o perjudiquen a los compañeros de
trabajo y a la imagen o intereses de Radio TRONCAL STEREO. El personal no
podrá asistir a su lugar de trabajo bajo la influencia de bebidas alcohólicas
o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Artículo 29.-La Estación de Radio TRONCAL STEREO asegurará a su personal
el derecho a solicitar y recibir orientación sobre sus derechos y obligaciones
y temas relacionados con el presente Código de Ética.
COMITÉ DE ÉTICA
Artículo 30.-Se crea el Comité de Ética de la Estación de Radio TRONCAL
STEREO.
Son funciones y atribuciones del Comité de Ética las siguientes:
 Socializar el Código de Ética y orientar al personal de la Estación de
Radio TRONCAL STEREO sobre temas relacionados con el mismo.
 Recomendar o proponer reformas relacionadas con la actualización
del Código de Ética.
 Conocer e informar sobre transgresiones cometidas por el personal
dela Estación de la Radio TRONCAL STEREO al Código de Ética.
INTERES SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Artículo 31.-Las niñas, niños y adolescentes, tienen derecho a la expresión
de sus ideas, pensamientos, sentimientos y acciones desde sus propias
formas y espacios en su lengua natal, sin discriminación ni estigmatización
alguna.
Artículo 32.-La Estación de Radio TRONCAL STEREO promoverá de forma
prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de los niños, niñas
y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior establecido en
la Constitución y en el Código de la Niñez y Adolescencia. Los mensajes a
ser difundidos por Radio TRONCAL STEREO privilegiarán la protección
integral de las niñas, niños y adolescentes, especialmente contra la
revictimización en caso de violencia sexual, física, psicológica, intrafamiliar,
accidentes y otros.
PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA
Artículo 33.-La Estación de Radio TRONCAL STEREO se compromete a
difundir e informar su código deontológico en la página web para
conocimiento de la ciudadanía en general, y a su vez enviara un ejemplar al
Consejo de Regulación y Desarrollo de las Comunicaciones según mandato
legal.
DE LAS SANCIONES
Artículo 34.-El incumplimiento de las normas deontológicas establecidas en
este Código podrá ser denunciado por cualquier ciudadano u organización
ante la Superintendencia de la Información y Comunicación quien emitirá
un pronunciamiento conforme a Derecho.
Artículo 35.-El medio de comunicación Radio TRONCAL STEREO se sujetará
a las Resoluciones emitidas por la Superintendencia de la Información y la
Comunicación que son vinculantes y de obligatorio cumplimiento dentro de
los plazos establecidos en las mismas, y que pueden ser impugnadas en vía
administrativa y judicial.

Andy Newman

CEO

Alicia Keys

Marketing Director

Mike Divor

Finance

Patricia Ralph

Designer